Artículo 2: Fines
2.1.- Son fines de esta Asociación:
2.1.1.-La recuperación, difusión, señalización y protección de las vías pecuarias y caminos públicos.
2.1.2.-Defender y proteger el libre transito por las vías pecuarias, caminos y cauces públicos.
2.1.3.-Explorar vías y caminos públicos perdidos o usurpados para su recuperación.
2.1.4.-Potenciar la clasificación e inventario de los caminos públicos para su conocimiento y defensa.
2.1.5.-Salvaguardar la existencia de pequeñas infraestructuras tradicionales asociadas a las vías públicas, tales como puentes, fuentes, abrevaderos, etc.
2.1.6.-Difundir la existencia de estos caminos, que son de TODOS, para el mayor conocimiento y disfrute de nuestro entorno natural.
2.1.7.-Conocer y estudiar la legislación vigente en materia de caminos públicos, vías pecuarias y cauces de ríos y arroyos.
2.1.8.-Tareas de concienciación dirigidas a la población y los usuarios de caminos: marchas, charlas, jornadas, exposiciones, etc.
2.1.9.- Defensa del Patrimonio Natural
2.2.- Los beneficios obtenidos por la asociación, derivados del ejercicio de actividades económicas, incluidas las prestaciones de servicios, se destinará destinarán exclusivamente al cumplimiento de sus fines, sin que quepa, en ningún caso, su reparto entre los asociados ni sus cónyuges o personas que convivan con aquellos con análoga relación de afectividad, ni entre sus parientes, ni su cesión gratuita a personas físicas o jurídicas con interés lucrativo (artº 13.2LO.1/2002)
Y los cargos nombrados y aceptados serán totalmente gratuitos
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